Las preguntas frecuentes definitivas sobre reclamaciones de FTX

Actualizado al 4 de abril de 2026

He recibido la primera distribución. ¿Cuándo es la siguiente?

Hubo una nueva distribución el 31 de marzo de 2026. La próxima fecha aún no está confirmada, así que asegúrate de tener el KYC aprobado, objeciones resueltas y la selección de impuestos/proveedor de distribución completada para mantener la elegibilidad.

Perdí mi primera y segunda distribución, ¿qué puedo hacer?

Simplemente completa todos los documentos requeridos antes de la próxima fecha de registro y estarás listo para la siguiente fecha de distribución.

He recibido la primera distribución. ¿De cuánto será la segunda?

La distribución más reciente se realizó el 31 de marzo de 2026 y añadió otro 18,1% para titulares de reclamaciones de más de $50.000. Las distribuciones anteriores para reclamaciones de >$50.000 eran del 78,2%, por lo que el total pagado hasta ahora es del 96,3%.

¿Está el portal de FTX (EE. UU.) ya actualizado con los datos de la próxima distribución?

Sí, si vas a recibir el pago, podrás ver que la próxima fecha de distribución es el 30 de septiembre

Tengo una reclamación de menos de $50k y aún no recibí la distribución, ¿sigo recibiendo intereses?

No. Para reclamaciones inferiores a $50.000 no hay intereses y el importe final está fijado en 120,5%.

¿Cómo puedo saber si mi disputa ha sido resuelta?

Consulta en el sitio web de Kroll: https://restructuring.ra.kroll.com/ftx/Home-DocketInfo

¿Cuánto tiempo tardaré en recibir el monto completo?

Según el plan, las reclamaciones superiores a $50.000 tendrán derecho a recibir hasta el 149% del valor de su reclamación. El interés actualmente es del 0% y se espera que se pague en futuras fechas de distribución solo después de que se haya pagado el 100% del valor nominal de la reclamación. Se espera que esto tome de 2 a 3 años, extendiéndose hasta 2027 y potencialmente más allá. Las distribuciones probablemente serán cada 6 meses y la quiebra distribuirá lo que se haya desbloqueado desde entonces.

Estoy en una jurisdicción restringida, ¿puedo cambiar mi KYC?

Posiblemente sí, pero habrá más información en la próxima audiencia, tras la próxima decisión sobre las jurisdicciones restringidas. Esto significa que deberás vivir en otro país y esto deberá reflejarse en tus documentos de identidad y prueba de domicilio.

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